Principio de legalidad
- Auto Supremo Nro. 550/2014; Sucre, 2014-10-15
- 18 ene 2017
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El principio de legalidad, en primer término, implica sometimiento de los poderes (órganos) públicos a la Ley, constituyéndose en una exigencia de garantía para las partes, brindando seguridad jurídica. Está vinculado con el principio acusatorio y con el de oficialidad, porque plasma la exigencia al Ministerio Público de investigar la comisión de delitos y de acusar cuando corresponda; sin embargo, a este principio, se contrapone el principio de oportunidad.
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