La disminución de capacidades por consumo de bebidas alcohólicas, no es causal para sustentar una de
Respecto a la conversación de WhatsApp que tuvo la accionante con el procesado así como Eduardo Rivera, la Resolución Fiscal Departamental GPJ 066/16 previa consideración y transcripción de las mismas, concluye que “NO SE ACREDITO LA EXISTENCIA DEL HECHO, DEBIDO A QUE SOLO SE TIENE LA DENUNCIA Y NINGUN OTRO ELEMENTO PROBATORIO, DICHOS ELEMENTOS NO SON SUFICIENTES PARA DESTRUIR EL ESTADO DE INOCENCIA DE CESAR GARY MORANT AMURRIO, YA QUE SE CONVIERTEN EN SIMPLES SINDICACIONES, LAS CUALES SON CONTRADICTORIAS YA QUE SE LLEGO A ESTABLECER QUE SI BIEN LA VICTIMA FUE AL CUMPLEAÑOS DEL IMPUTADO, LA MISMA CONSUMIO BEBIDAS ALCOHÓLICAS JUNTO A EDUARDO RIVERA, ASIMISMO LA DISMINUCION DE SUS CAPACIDADES FUERON PROVOCADAS POR ELLA MISMA AL INGERIR ALCOHOL, HECHO QUE SE ENCUENTRA MANIFESTADO EN LA CONVERSACION SOSTENIDA POR WHATSAPP CON EDUARDO RIVERA, EN LA QUE MANIFIESTA QUE DESPUES DEL 4 SHOT NO SE ACUERDA DE NADA. ASIMISMO LOS EXAMENES DE LABORATORIO A LOS QUE SE SOMETIÓ LA VICTIMA, ESTABLECEN QUE NO SE SUMINISTRÓ NINGUNA SUSTANCIA QUE PRODUJERA LA INCAPACIDAD DE LA MISMA” (sic).
Por lo referido, se tiene que la Resolución Fiscal Departamental GPJ 066/16, justificó razonablemente
la decisión asumida en base a la compulsa de los elementos probatorios aportados por las partes y
el análisis de la norma legal y doctrina aplicable al caso concreto, no siendo evidente que dicha determinación adolezca de falta de fundamentación.